martes, 30 de agosto de 2016

MINUTA DE CONTRATO - DÉCIMA TERCERA.- (DERECHOS DEL CONTRATISTA) (II)

En los casos que así corresponda por la complejidad del reclamo, la FISCALIZACION o la dependencia responsable del seguimiento de la obra, podrá solicitar el análisis del reclamo y del informe - recomendación a las dependencias técnica, financiera o legal, según corresponda, a objeto de procesar la respuesta a la SUPERVISION y de ésta al CONTRATISTA.
Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los veinte (20) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por la SUPERVISION. (Si el plazo de ejecución de la obra es corto, el plazo previsto puede ser reducido en concordancia con el plazo de contrato)
La SUPERVISION, FISCALIZACION y el CONTRATANTE, no atenderán reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.

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