Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los veinte (20) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por la SUPERVISION. (Si el plazo de ejecución de la obra es corto, el plazo previsto puede ser reducido en concordancia con el plazo de contrato)
La SUPERVISION, FISCALIZACION y el CONTRATANTE, no atenderán reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.
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