Si el CONTRATISTA no ha corregido el defecto dentro del plazo especificado en la notificación de la Supervisión durante la ejecución de la obra, antes de la recepción provisional o antes de la recepción definitiva, la supervisión podrá estimar el precio de la corrección del defecto para ser pagado por el Contratista, o rechazará la recepción provisional o la recepción definitiva, según corresponda.
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