jueves, 4 de marzo de 2010

INSTALACION DE FAENAS:

2.1.- La ubicación en el terreno, de los depósitos y otras construcciones necesarias temporalmente para la ejecución de la obra, deberá ser autorizada por escrito por el Consultor.

2.2.- El Contratista deberá tomar adecuadas medidas de precaución, para evitar que se contaminen los arroyos, ríos y depósitos de agua debido a la infiltración de combustibles, aceites, bitúmines y otros materiales perjudiciales.

2.3.- Igualmente, el Contratista adoptará las medidas necesarias para evitar incendios y seguirá las instrucciones para la prevención y control de los mismos.
2.4.- Cuando utilice explosivos, el Contratista tendrá sumo cuidado de no poner en peligro vidas o propiedades y adoptará precauciones tendientes a evitar daños.
2.5.- Los trabajos, instalaciones y obligaciones del Contratista que se describirán a continuación con mayor detalle, se entiende están incluidos dentro la Instalación de faenas, a no ser que exista un ítem propio o especial de alguno de ellos en los formularios, o que estén comprendidos dentro el ítem de algún otro trabajo.

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