Serán riesgos del Contratista los riesgos por lesiones personales, muerte y pérdida o daño a la propiedad (incluyendo sin limitación alguna, las obras, Planta, materiales y Equipo) desde la fecha de inicio hasta la emisión del certificado de corrección de defectos El CONTRATISTA deberá contratar seguros a nombre conjunto del Contratista y del Contratante para cubrir las siguientes eventualidades durante el periodo comprendido entre la fecha de iniciación y el vencimiento del periodo de responsabilidad por defectos, por los montos totales y sumas deducibles, para los siguientes eventos que son de riesgo del CONTRATISTA:
El CONTRATISTA deberá contratar seguros a nombre conjunto del Contratista y del Contratante
No hay comentarios:
Publicar un comentario