jueves, 7 de enero de 2016

Documentación de respaldo de la acreditación de experiencia y capacidad financiera

La documentación de respaldo de los Formularios A-5, A-6, A-7 y A-8 podrá ser fotocopia legalizada o acta de conformidad cuando corresponda, en este último caso deben estar legalizadas por la entidad que emitió el original. En caso de disolución de la entidad, Declaración Jurada ante juez competente.
La documentación en original deberá devuelta al Proponente luego de su verificación, en la entidad debe quedar una fotocopia simple:

a) Documentación respaldatoria del Formulario A-5 y A-6, Experiencia de la Empresa
b) Documentación respaldatoria de los Formularios A-7 y A-8 , Experiencia del Personal Clave, incluyendo
c) Fotocopia Legalizada del Balance General y Estado de Resultados de los dos (2) últimos años,
(Como documento respaldatorio del Formulario Resumen de Información Financiera A-10 y Formulario monto Facturado A-11)
(Se recomienda verificar cuál es el mes de cierre de balance del rubro de las empresas que se están convocando, para que se soliciten balances que la empresa pueda presentar.
Si la empresa esta obligada a presentar Estados Financieros Auditados de acuerdo a lo normado por el Servicio de Impuestos Nacionales, las empresas deben acompañar el Dictamen de Auditoria, también en fotocopia.
Si las empresas tienen menos de dos años de vida, presentarán el Balance General y Estado de Resultados del año concluido; y si son de reciente creación, presentarán su Balance de Apertura y Balance General a la fecha).
d) Fotocopia Legalizada de la Declaración Jurada del pago de impuestos a las utilidades, con sello del banco.

miércoles, 6 de enero de 2016

Documento que acreditan la veracidad y autenticidad de su condición legal y administrativa

a) Original del Certificado de Actualización de Matricula, emitido por el Registro de Comercio administrado por FUNDEMPRESA.
b) Original del Certificado de Información sobre Solvencia con el Fisco, emitido por la Contraloría General de la República.
c) Original del Certificado de Adeudos tributarios Ejecutoriados, emitido por el Servicio de Impuestos Nacionales
d) Fotocopia Legalizada del Certificado actualizado del Registro Único de Contribuyentes (RUC) o Numero de Información Tributaria (NIT)
e) Original o fotocopia legalizada del recibo de compra del Pliego de Condiciones
f) Certificado de actualización emitido por el Registro Nacional de Empresas Constructoras.
g) Garantía de cumplimiento de contrato, por el monto equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del contrato.
h) Garantía de Correcta Inversión del Anticipo, por el monto igual al 100 por ciento (100%) del monto total del anticipo. Si hubiera sido solicitado un anticipo.

martes, 5 de enero de 2016

DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA LA FIRMA DEL CONTRATO.

40.1. El proponente adjudicado deberá presentar la documentación respaldatoria para su verificación y firma del contrato en el plazo de quince (15) días calendario posteriores a su notificación, los que serán divididos en diez (10) días para entrega de documentación y cinco (5) días para entrega de las garantías.
40.2. La documentación original o fotocopia legalizada de los documentos señalados en el Pliego de Condiciones y los especificados en la Declaración Jurada que acrediten la veracidad y autenticidad de su condición legal, administrativa y en la propuesta técnica; así como el Certificado de Información de Procesos con el Fisco.
40.3. Esta documentación deberá ser presentada ante la ARPC la cual en el día deberá remitir la misma a la Comisión de Calificación, la documentación a remitirse será:

lunes, 4 de enero de 2016

ADJUDICACIÓN Y PLAZO PARA SU NOTIFICACIÓN

La ARPC, mediante Resolución Administrativa, adjudicará la Licitación en un plazo no mayor a tres (3) días calendario. Si existen observaciones al informe devolverá a la Comisión de Calificación solicitando la complementación y/o sustentación del mismo, otorgándole un plazo máximo de dos (2) días calendario, una vez recibido el informe de calificación. La ARPC adjudicará en un plazo no mayor a dos (2) días calendario conforme a lo recomendado o se apartará del mismo respaldando expresamente su decisión, remitiendo una copia a la MAE y otra a la Contraloría General de la República y notificará por escrito a todos los proponentes dentro de los dos (2) hábiles siguientes a su emisión.

domingo, 3 de enero de 2016

CANCELACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACION - Anulación de procesos

38.2. Anulación de procesos: En caso de existir causales de incumplimiento o inobservancia de la normativa vigente, la MAE de la entidad pública, mediante Resolución Administrativa anulará el proceso de contratación hasta el vicio más antiguo.

sábado, 2 de enero de 2016

CANCELACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACION - Suspensión de Proceso

Suspensión de Proceso: Si la necesidad de contratar no se hubiera extinguido, la Máxima Autoridad Ejecutiva podrá suspender el proceso de contratación, mediante Resolución Administrativa y reanudar los plazos y actos administrativos desde el momento en que el impedimento se hubiera subsanado.

viernes, 1 de enero de 2016

CANCELACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACION

El Convocante de conformidad al Artículo 12 del D.S. Nº 27328, mediante Resolución Administrativa expresa podrá dejar sin efecto el proceso licitatorio, únicamente cuando surja un hecho de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificado, que hubiera extinguido la necesidad de la contratación en cuestión.

El Convocante no incurre en responsabilidad alguna respecto de los Proponentes afectados por esta decisión.