domingo, 3 de enero de 2016

CANCELACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACION - Anulación de procesos

38.2. Anulación de procesos: En caso de existir causales de incumplimiento o inobservancia de la normativa vigente, la MAE de la entidad pública, mediante Resolución Administrativa anulará el proceso de contratación hasta el vicio más antiguo.

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