40.8. La ARPC comunicará al proponente adjudicado la fecha de suscripción del contrato para lo cual deberá entregar la Garantía de Cumplimiento de Contrato por el 7% del valor total del contrato y la Garantía de Correcta Inversión del Anticipo por el monto del 100 %, de hasta el 20% del valor total de contrato previa la fecha de suscripción en plazo de cinco (5) días hábiles.
40.9. La Máxima Autoridad Ejecutiva en representación de la Entidad suscribirá el contrato con el Proponente o su Representante Legal, máximo en el plazo de tres (3) días calendario de elaborado el contrato por el Asesor Legal.
40.10. Excepcionalmente y con la debida justificación por caso fortuito, fuerza mayor o por problemas administrativos financieros, la ARPC podrá ampliar el plazo de suscripción de contrato por un plazo no mayor a 15 días calendario adicionales.
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