9.5 MÉTODOS DE MEDIDA
9.5.1 El tratamiento superficial será medido en metros cuadrados de pavimento terminados con los tres riegos especificados y aprobados por la SUPERVISIÓN.
9.5.2 La unidad de medida para os materiales bituminosos será el litro. El volumen a ser pagado debe ser el número de litros de material bituminoso utilizado y aceptado en la obra. El volumen debe corresponder al establecido a los (15.6º C), o convirtiendo a 15.6ª C de acuerdo con tablas de corrección de temperatura- volumen para materiales en ASTM D – 1250.
9.5.3 La cantidad de agregado para tratamiento superficial bituminoso será medida en metros cúbicos, en los vehículos en el punto de entrega del material incorporado a la obra y aceptados en conformidad a estas especificaciones y a los instructivos de la SUPERVISIÓN. Los vehículos podrán ser de cualquier tipo o capacidad y deberán ser aprobados por la SUPERVISIÓN, debiendo cada vehículo llevar las correspondientes marcas de identificación de acuerdo a lo instruido por la SUPERVISIÓN. Esta medición será con objeto del pago del transporte de los agregados y no de su colocación en plataforma que será efectuada por metros cuadrados.
Cuando así se haya convenido por escrito, el material especificado para ser medido en volumen, podrá ser pesado convirtiendo dicho peso a metros cúbicos par fines de pago. Los factores de conversión serán determinados por la SUPERVISIÓN y cuando este juzgue por conveniente debido a las variaciones del material. La aprobación de las mediciones por el método del pesaje dependerá de la conformidad del CONTRATISTA a los factores de conversión.
Unicamente para los efectos de las estimaciones de la SUPERVISIÓN durante la etapa del proyecto se ha asumido que un litro de material colocado en forma suelta en obra pesa 1.47 kilogramos.
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