DÉCIMA TERCERA.- (DERECHOS DEL CONTRATISTA)
El CONTRATISTA, tiene el derecho de plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión del CONTRATANTE, o por falta de pago de la obra ejecutada, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato.Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y de forma documentada, a la SUPERVISION de la obra, hasta treinta (30) días hábiles posteriores al suceso.
La SUPERVISION, dentro del lapso impostergable de diez (10) días hábiles, tomará conocimiento y analizara el reclamo, debiendo emitir su informe - recomendación al CONTRATANTE a través de la FISCALIZACION, para que a su vez tome conocimiento y analice la recomendación a objeto de aceptar la misma, o en su caso pedir aclaración, ampliación del informe o rechazar la recomendación, lo que realizará por escrito, a los fines de la respuesta al CONTRATISTA.
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