sábado, 6 de febrero de 2016

RECURSOS ADMINISTRATIVOS - REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN (I)

Toda interposición de Recurso Administrativo de Impugnación deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Deberá ser interpuesto ante la ARPC que emitió la Resolución, susceptible de ser impugnada, en el plazo perentorio, fatal e improrrogable de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación.

b) El recurrente adjuntará el recibo de la compra del Pliego de Condiciones o Solicitud de Propuestas en caso de recurrirse contra la Resolución que los aprobó.

No hay comentarios:

Publicar un comentario