f.- Cuando al nivel de la subrasante en los cortes
se verificara la existencia de roca o de suelos con expansión mayor a 2%, baja
capacidad de soporte o suelo orgánicos, se removerá hasta una profundidad no
mayor de 30 y 60 cm. respectivamente o como lo indique el INGENIERO,
reemplazándolos por materiales seleccionados aprobados por el INGENIERO.
g.- Cuando el proyecto establezca la colocación de
una capa de refuerzo de la subrasante en sectores de la carretera en corte se
realizará la excavación adicional en la profundidad determinada para la capa
mencionada y en el ancho correspondiente a la subrasante.
h.- Los sistemas de drenaje superficial y
subterráneo de los cortes serán ejecutados conforme a las indicaciones de los
planos y a las instrucciones del INGENIERO.
i.- El CONTRATISTA estará obligado a realizar el
transporte de los materiales de excavación dentro de los límites establecidos
por la menor distancia de transporte para cada proyecto.
El INGENIERO podrá autorizar el transporte de
dichos materiales a mayor distancia solamente en aquellos casos en que se
verifique la imposibilidad de utilizar la menor distancia de transporte.
j.- La subrasante como producto de las
excavaciones en corte y donde así se justifique, tendrá la siguiente ejecución
en los 20 cm. por debajo de la misma:
j.1.- Escarificación
del espesor promedio equivalente a 20 cm., siempre que sea necesario.
j.2.- Compactación
para proseguir las densidades en sitio establecidas.
j.3.- Aprobación
de la subrasante en cota y densidades por el INGENIERO.
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