Los materiales para la conformación de los
terraplenes provendrán de cortes de la excavación no clasificada y/o de
préstamos (tipo A y tipo B).
Las fuentes de aprovisionamiento de materiales
para los tipos A y B son como sigue:
Los materiales para el terraplenado deben
responder preferentemente a las clasificaciones AASHTO A-1 a A-4.
En la ejecución del cuerpo de los terraplenes no
será permitido el uso de suelos que tengan una CBR menor a 5 y una expansión
mayor a 4%.
Una capa final de 60 cm. del terraplenado deberá
estar constituida de suelos seleccionados en la fase del proyecto o durante la
construcción, entre los mejores disponibles, teniendo las siguientes
características:
CBR = 9%
Expansión = 2%
Tamaño
máximo del agregado = 4 pulgadas
Cuando los terraplenes sean conformados con
materiales provenientes de préstamos se observarán las siguientes
disposiciones:
a.- Solo será permitida la excavación de préstamos
después de la conclusión de la utilización de los materiales adecuados
provenientes de los cortes para cada tramo de proyecto.
b.- De acuerdo a las condiciones del proyecto, el
aprovechamiento del préstamo dependerá de la existencia de los materiales
adecuados y la necesaria explotación en condiciones económicas, previa
autorización del INGENIERO, quien deberá ser notificado de la apertura de
cualquier zona de préstamo con la suficiente anticipación con objeto de la
verificación de la calidad de los materiales.
c.-La excavación de préstamos será precedida por
las operaciones de desbosque, destronque y limpieza del área de préstamo.
d.- Siempre que sea posible, deberán ser
ejecutados préstamos contiguos a los límites de la carretera para obtener un
ensanchamiento de los cortes.
e.- Los préstamos que resulten de un
ensanchamiento de los cortes deberán ser realizados de acuerdo a las
instrucciones del INGENIERO, no siendo permitido en cualquier fase, el
escurrimiento de las aguas pluviales hacia la plataforma.
g.- En el caso de préstamo contiguos a terraplenes,
los bordes internos de los cajones de préstamos deberán localizarse a una
distancia mínima de 5 metros de pie de talud.
h.- Cuando fuera constatada la conveniencia
técnica y económica de reservar ciertos materiales excavados en los préstamos
para la ejecución de las capas superiores de la plataforma, se procederá al
acopio de los referidos materiales hasta su oportuna utilización.
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