jueves, 28 de enero de 2016

MODIFICACIONES DE LAS OBRAS: Orden de Trabajo

: La orden de trabajo se aplica cuando se realiza un ajuste o redistribución de cantidades de obra, pudiendo aplicarse cuando esta redistribución de cantidades no implica una modificación del precio de contrato ni plazos en el mismo y tampoco se introducen ítems nuevos (no considerados en el proceso de licitación).
Estas órdenes serán emitidas por el Supervisor, mediante carta expresa, o en el Libro de Ordenes, siempre en procura de un eficiente desarrollo y ejecución de la obra.
La emisión de Órdenes de Trabajo, no debe dar lugar a la emisión posterior de una Orden de Cambio para el mismo objeto.

miércoles, 27 de enero de 2016

MODIFICACIONES DE LAS OBRAS.

La Entidad contratante podrá introducir modificaciones que considere estrictamente necesarias en la obra y con tal propósito, tendrá la facultad para ordenar por escrito dichas modificaciones al Contratista, vía el Supervisor, con la aceptación expresa del CONTRATISTA, utilizando cualquiera de las siguientes modalidades:

martes, 26 de enero de 2016

FISCALIZACION Y SUPERVISION DEL CONTRATO

42.1. La fiscalización del contrato será realizada a través de un Fiscal de Obra, preferentemente un funcionario de la entidad, que será designado antes del inicio de las obras. Asimismo, el mencionado Fiscal tendrá la responsabilidad de fiscalizar el contrato de supervisión técnica de la obra.

42.2. La supervisión de la obra será realizada por una empresa o consultor individual, que será designado por lo menos treinta (30) días antes de la emisión de la Orden de Proceder de la obra.

lunes, 11 de enero de 2016

ANTICIPO Y GARANTIA DE CORRECTA INVERSION DE ANTICIPO

Si el Proponente adjudicado consignó en su propuesta el otorgamiento de un anticipo, deberá presentar la garantía de correcta inversión de anticipo por un monto igual al cien por ciento (100%) del anticipo requerido, que no será mayor al 20 % del monto total de la contratación, de acuerdo con el Artículo 14 del D.S. 27328 y al Art. 21 de su Reglamento.

domingo, 10 de enero de 2016

DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA LA FIRMA DEL CONTRATO. (IV)

40.8. La ARPC comunicará al proponente adjudicado la fecha de suscripción del contrato para lo cual deberá entregar la Garantía de Cumplimiento de Contrato por el 7% del valor total del contrato y la Garantía de Correcta Inversión del Anticipo por el monto del 100 %, de hasta el 20% del valor total de contrato previa la fecha de suscripción en plazo de cinco (5) días hábiles.
40.9. La Máxima Autoridad Ejecutiva en representación de la Entidad suscribirá el contrato con el Proponente o su Representante Legal, máximo en el plazo de tres (3) días calendario de elaborado el contrato por el Asesor Legal.
40.10. Excepcionalmente y con la debida justificación por caso fortuito, fuerza mayor o por problemas administrativos financieros, la ARPC podrá ampliar el plazo de suscripción de contrato por un plazo no mayor a 15 días calendario adicionales.

sábado, 9 de enero de 2016

DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA LA FIRMA DEL CONTRATO. (III)

40.6. La Comisión de Calificación cotejará y verificará los documentos presentados por el proponente adjudicado en el plazo de cinco (5) días calendario, emitiendo su informe de conformidad o presentando las objeciones a la ARPC para su aprobación.
40.7. La ARPC instruirá al Asesor Legal de la entidad elabore el contrato según el modelo de contrato establecido en el Pliego de Condiciones, máximo en el plazo de dos (2) días calendario, adjuntando la siguiente documentación del Adjudicado detallada en numeral 41.3. en original y los siguientes documentos:
a) Pliego de Condiciones ( incluye Modelo de Contrato)
b) Propuesta Adjudicada
c) Resolución de Adjudicación

viernes, 8 de enero de 2016

DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA LA FIRMA DEL CONTRATO. (II)

40.4. En el caso de asociaciones accidentales, cada asociado deberá presentar su documentación en forma independiente.
Para el caso de proponentes extranjeros establecidos en su país de origen, la Declaración Jurada debe mantener su texto y, en caso de adjudicación, los documentos deberán ser remitidos en el plazo de veinte (20) días calendario, y serán similares o equivalentes a los requeridos localmente para certificar sus enunciados; considerando la necesidad de legalizaciones y traducciones, cuando sea el caso.
40.5. Cuando el proponente adjudicado no cumpla con las condiciones requeridas para la firma del contrato, se podrá adjudicar a la segunda propuesta con el precio evaluado más bajo, siempre y cuando haya cumplido satisfactoriamente con las condiciones requeridas en el Pliego de Condiciones; y así sucesivamente. En este caso, los plazos se computarán nuevamente a partir de la notificación con la Resolución de Adjudicación al nuevo proponente adjudicado.